Boletín Operacional 576-15 de mayo 2014

boletin15

Opiniones Permanentes del Mercado Laboral Reemplazan Opiniones  de Empleo Pre-Autorizadas

RESUMEN

 El 4 de mayo de 2013, el Departamento de  Ciudadanía e Inmigración en Canadá (CIC) dejó de aceptar las opiniones de empleo pre-autorizadas (AEO). Los empleadores que deseen contratar a un trabajador extranjero para una jornada completa, requerirán de un puesto permanente para solicitar una opinión del mercado laboral (LMO). Además de apoyarse con una solicitud de residente permanente (PR), el nuevo proceso de “duración permanente” LMO, también se puede utilizar como base para la aplicación de un permiso de trabajo (WP).

DETALLES

De acuerdo con las modificaciones del Reglamento de Inmigración y Protección a los Refugiados (IRPR), que entró en vigor el 4 de mayo del 2013, los empleadores que deseen contratar a un trabajador extranjero durante de tiempo completo, el puesto permanente será obligatorio para solicitar la opinión del mercado laboral (LMO) en lugar de una opinión arreglada de empleo (AEO). Si un empleador recibe una permanencia positiva durante la LMO, esta puede ser utilizada para apoyar la solicitud de los extranjeros a CIC para una:

  • VISA de Residencia Permanente
  • Permiso de Empleo

Antes del 4 de mayo del 2013, las AEO no eran evaluadas contra los factores del mercado laboral descritos en la sección 203 de la IRPR y por tanto, no podía ser utilizada para apoyar a una solicitud de Permiso de Trabajo.

Instrucciones de procesamiento

Aplicación LMO-Duración de la elección

Un empleador ahora puede presentar una solicitud a Empleo y Desarrollo Social de Canadá (HRSDC) para obtener una Opinión del Mercado Laboral:

  1. Duración temporal para apoyar solamente a una aplicación de Permiso de Empleo
  2. Duración permanente para apoyar una solicitud de Residencia Permanente
  3. Una combinación de duración permanente y temporal para apoyar tanto a Residencia Permanente y/o una solicitud de Permiso de Empleo.

 La duración del Permiso de Empleo donde la LMO puede ser “indeterminado/permanente”

 Bajo la sección “Detalles de Trabajo” en el HRSDC, ver en GCMS – el campo de “Duración” indicará específicamente si es “indeterminado/permanente”.

 Los Permisos de Empleo son apoyados por una duración permanente que la LMO expedirá por un período máximo de dos años, con la condición de que el extranjero cumpla con los requisitos establecidos en el LMO. Este WP no se extenderá, independientemente si la solicitud está todavía en proceso.

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