Directrices respecto a los estudiantes internacionales en las instituciones post secundarias públicas de British Columbia

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El Gobierno de British Columbia reconoce que los estudiantes de otros países contribuyen a las bases culturales, personales y económicas para mejorar las relaciones internacionales y el desarrollo económico.

Las juntas institucionales establecen las cuotas de matrícula para los programas que se ofrecen en las instituciones públicas de educación superior.

El Ministerio de Educación Avanzada alienta a las instituciones postsecundarias públicas a inscribir a estudiantes internacionales según las siguientes pautas:

1.Que las instituciones fijen las cuotas de matrícula para los estudiantes internacionales a un nivel que cubra los costos directos y generales.

2.Los estudiantes internacionales no desplazarán a un ciudadano canadiense o residente permanente* de la Columbia Británica o de otras partes de Canadá de un espacio financiado a través de subvenciones institucionales.

3.Que el numero de estudiantes internacionales se excluya del objetivo de equivalentes a tiempo completo (FTE) de las instituciones establecido a través de la subvención global.

4.Que los estudiantes internacionales que se registren por un semestre o más en una institución pública presenten evidencia de cobertura de seguro médico suficiente para la duración de su estadía.

Ciudadanía e inmigración de Canadá, junto con el Gobierno de Canadá, ha establecido políticas bajo la Ley de Inmigración y Protección de Refugiados y la Ley de Ciudadanía relacionadas y que definen las excepciones aplicables a los estudiantes extranjeros que desean estudiar en Canadá. Para ser tratado como un estudiante nacional a efectos de financiación y presentación de informes, una persona se incluirá en una de las siguientes categorías:

  1. Un cuidador con un permiso de trabajo válido.
  2. Una persona que se encuentra en Canadá para desempeñar funciones oficiales como funcionario diplomático o consular; o como representante o funcionario de un país que no sea Canadá, o de las Naciones Unidas o cualquiera de sus agencias, o de cualquier organización intergubernamental en la que participe Canadá; o como dependiente* o miembro del personal de cualquier diplomático, funcionario consular, representante o funcionario y pueda acreditar con una cédula de identidad emitida por el Ministerio de Relaciones Exteriores y Comercio Internacional, que da su cargo, fecha de emisión y fecha de vigencia.

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  1. Cualquier persona que se encuentre en Canadá, que haya sido determinada bajo la Ley de Inmigración y Refugiados como Refugiado de acuerdo con la Convención y pueda presentar una carta de Ciudadanía e Inmigración de Canadá que lo confirme.
  2. Una persona en el marco de un acuerdo de intercambio internacional, beca o subvención cuando haya habido una aprobación conjunta por parte de la institución receptora.
  3. Un dependiente legal* de un ciudadano canadiense o de un residente permanente* de Canadá, siempre que la condición de dependiente esté plenamente documentada y se haya establecido un mínimo de un año antes de la solicitud de exención del estudiante.
  4. Por solicitud de clase especial a la institución, una persona con un permiso de trabajo de larga duración a tiempo completo (al menos un año o más) y sus dependientes, puede ser elegible para el tratamiento como un estudiante nacional; las personas con un permiso de trabajo de vacaciones o los solicitantes de refugio que aún no se han determinado como refugiados de acuerdo con la Convención son elegibles o considerados como estudiantes nacionales.
  5. A discreción de la institución, una persona que se encuentre en Canadá, que haya solicitado el estatus de residente permanente y que pueda aportar pruebas de la solicitud a Ciudadanía e Inmigración de Canadá con un recibo de pago de derechos puede ser elegible. Esto podría incluir: el cónyuge de un residente canadiense o residente permanente, hijo a cargo del cónyuge de un residente canadiense o residente permanente, o hijo a cargo de un residente canadiense o residente permanente.

 

*La interpretación de los términos «residente permanente» y «dependiente» será la misma que define Ciudadanía e Inmigración de Canadá. Ministerio de Educación Avanzada

 

Actualizado:  Octubre, 2002

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